top of page

Un fallo a favor de la igualdad en el deporte


Natalia Lazarte es una jugadora de hockey transexual que milita en el club SI TRAVI Tucumán TK, equipo que pertenece a la Zona Promocional (tercera categoría del hockey tucumano) y participa de los torneos oficiales organizados por la ATAH (Asociación Tucumana Amateur de Hockey).

A principios de este año cuando fue a renovar su carnet no se lo permitieron ya que adjudicaban que al ser un “hombre operado” (tiene sólo implantes mamarios) su fuerza era mayor que la de las chicas y jugaba con ventaja. Por eso llevó el caso a la Justicia.


En una reciente nota de La Gaceta se hizo hincapié en que más allá de la “transfobia” se suele usar el argumento de la potencia física y de la ventaja-desventaja que esta entraña para la competencia deportiva. En este sentido Lazarte opina que para ella la contextura masculina no implica necesariamente pegar con más fuerza que una mujer, ni desplegar mayor resistencia atlética. “Creo que en un deporte de equipo un solo integrante, sea chico o chica, no puede ganar el partido. A mí, por ejemplo, las jugadoras ‘A’ me pasan por encima físicamente y conozco muchas mujeres que golpean la bocha como yo nunca podría hacerlo. Yo juego con la cabeza más que con el cuerpo: mi habilidad está ahí. Aunque también es cierto que hay que ver las particularidades de cada caso”, expresó Lazarte y destacó La Gaceta en la nota Es trans y quiere jugar al hockey como una más.



En líneas generales la cuestión del físico suele ser la fachada “políticamente correcta” que encubre el prejuicio hacia las minorías sexuales, que es el fundamento auténtico de la resistencia.

Para poder jugar la ATAH exigía un examen que mide la testosterona en sangre. El resultado debía ser por debajo de los 10 nanogramos por litro de sangre. Una mujer suele obtener valores normales de 2,43 nanogramos por litro. En los varones, 34,70 nanogramos por litro es el valor normal.


Natalia se negó a hacerse este estudio, ya que al tener hormonas masculinas, realizarse ese estudio le hubiera dado cómo resultado valores mayores a los 10 nanogramos por litros que se pide. Esta exigencia médica está basada en una reglamentación del COI (Comité Olímpico Internacional) de noviembre de 2015. En la resolución se le consultó a Joanna Harper, médica transexual del COI.


Hay un caso de una jugadora transexual que se realizó dicho examen. Se trata de Victoria Liendro, jugadora de hockey transexual de San Francisco, equipo que participa de los torneos organizados por la ASH (Asociación Salteña de Hockey). Cómo era de esperarse, los resultados dieron los normales para quién posee hormonas masculinas y por lo tanto no se le aceptó jugar.


Hubo otros casos similares cómo los de Saira Millaqueo o Jessica Millamán donde ante la negativa de jugar también se llevó el caso a la Justicia.


En ambas oportunidades los jueces fallaron a favor de las chicas y fueron habilitadas para jugar. En lo legal, la ley 26.743 de Identidad de Género ampara a Natalia. En ella el artículo 1 expresa “toda persona tiene derecho al reconocimiento de su identidad de género. Al libre desarrollo de su persona conforme a su identidad de género. A ser tratada de acuerdo con su identidad de género y, en particular, a ser identificada de ese modo en los instrumentos que acreditan su identidad respecto de el/los nombre/s de pila, imagen y sexo con los que allí es registrada.”


Además el artículo 11 dice “todas las personas mayores de dieciocho (18) años de edad podrán, conforme al artículo 1° de la presente ley y a fin de garantizar el goce de su salud integral, acceder a intervenciones quirúrgicas totales y parciales y/o tratamientos integrales hormonales para adecuar su cuerpo, incluida su genitalidad, a su identidad de género autopercibida, sin necesidad de requerir autorización judicial o administrativa”.


En este caso la operación de Natalia tiene validez ya que es para mayores de 18 años y ella tiene 30. El artículo 13 de esta ley también es importante ya que expresa “toda norma, reglamentación o procedimiento deberá respetar el derecho humano a la identidad de género de las personas. Ninguna norma, reglamentación o procedimiento podrá limitar, restringir, excluir o suprimir el ejercicio del derecho a la identidad de género de las personas, debiendo interpretarse y aplicarse las normas siempre a favor del acceso al mismo”.




Hace unos días salió la resolución de este caso. La Justicia falló a favor de Natalia, quién ya fue habilitada para jugar y disputó partidos sin ningún tipo de problemas. Los fundamentos del fallo a favor de la igualdad que llevan la firma del juez José Dantur expresan que la práctica de deportes es un derecho humano, y que no era posible ignorar los prejuicios existentes respecto de las minorías sexuales cuyos antecedentes históricos universales incluyen terribles consecuencias genocidas así como actuales persecuciones. El juez dijo que el proceder de la entidad demandada era discriminatorio y lesivo del derecho a la igualdad: “correspondía que la Asociación informara a la señorita Lazarte el motivo del rechazo de la afiliación, más aún cuando esta le requirió -en reiteradas oportunidades- los argumentos de la negativa y nunca le fueron dados”, explicó el magistrado.


En su vuelta al hockey a Natalia le fue bien jugando, anotó 2 de los goles con los su equipo le ganó a Deportivo Llorens y ascendió a la segunda categoría del hockey local.

Entradas recientes
Archivo
Secciones
bottom of page