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“Contar con la figura del Defensor del Niño es una necesidad urgente en Tucumán"

Por Agustín Mazuy


El pasado martes 27 de septiembre se conmemoró el Día Nacional de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes. En esta fecha se recuerda el rol clave que cumple el Estado en la defensa de los derechos de NNyA.

Los derechos con los que cuentan los NNyA se encuentran establecidos en la Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes, no obstante las políticas aplicadas por cada estado provincial son fundamentales para garantizar la protección de esos derechos, por eso para conocer la realidad de Tucumán en relación a este tema, charlamos con Federico Moeykens, juez penal de NNyA en la provincia.


¿En cuanto a la defensa de los derechos de los NNA, en qué situación se encuentra Tucumán?

Puedo destacar que en los últimos años se han venido implementando políticas públicas para los niños, niñas y adolescentes destinadas a atender las vulnerabilidades económicas, sociales y culturales detectadas que atraviesa este colectivo el cual se considera vulnerable por su mera situación etaria.

A su vez me parece importante destacar que desde que se implementó el Código Procesal Penal en 2020, desde Fuero Penal del Poder Judicial se trabaja de modo coordinado con los dispositivos de Desarrollo Social y la Dirección de Familia para la derivación proteccional e inmediata atención de las necesidades que se visibilizan a partir de la comisión de un delito juvenil y que resultan conexas al mismo. Por ejemplo es frecuente que nos topemos con casos en los que un adolescente acusado de cometer un robo se encuentre indocumentado, o bien, tenga afectada su salud mental a raíz del consumo problemático de drogas. Es allí entonces donde se da urgente intervención a los distintos organismos de promoción y protección de derechos de la niñez para que con sus dispositivos atiendan los problemas de esas personas menores de edad.

¿Considera que el estado provincial cumple con su rol en la defensa de los derechos de niños/as y adolescentes?

Las derivaciones que mencioné recién no serían posibles si el Estado no cumpliese con su rol. Pero en algunos casos eso no alcanza. Cada actor del sistema que esté en contacto con las niñeces y adolescencias, debe procurar trabajar a conciencia y de modo comprometido en pos del interés superior de las personas menores de edad. Para ello, los derechos de los NNA deben estar siempre en el centro de la agenda. Es necesario que desde todos los sectores se trabaje con el mismo objetivo tendiente a coordinar esfuerzos y lograr también la participación de toda la comunidad.

¿Por qué es importante la figura de un Defensor del Niño?

Hace casi 17 años que se sancionó la Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes. Esa ley trajo un cambio de paradigma legal acerca de las responsabilidades del Estado, de las familias y de la sociedad en su conjunto sobre los derechos de las infancias.

Los entonces denominados “menores de edad” pasaron a ser considerados sujetos de derechos plenos. Uno de los compromisos previstos en esa ley fue la creación de la “Defensoría del Niño” también conocida bajo el vocablo anglosajón de “Ombudschild”, o “Representante Ciudadano de los Niños”. Se trata de un organismo innovador, independiente y autónomo que tiene como funciones velar por que las políticas públicas respeten los principios de la ley y su implementación sea consecuente con el ejercicio de los derechos de los niños y adolescentes.

¿Qué funciones debería tener el Defensor del Niño?

Aclaremos que actualmente la provincia de Tucumán no cuenta con un Defensor del niño.

En un contexto en el que más de la mitad de los niños, niñas y adolescentes de Argentina viven en situación de pobreza, contar con una Defensoría activa y legítima en la provincia no solo es su derecho, sino también una necesidad urgente.

La introducción de esta figura, implicaría contar con un actor que pueda dar cuenta de las siguientes funciones:

● Tomar acciones y recomendaciones ante las instancias públicas competentes, a fin de garantizar el ejercicio de los derechos de las niñas, niños y adolescentes (N.N y A)

● Proteger los intereses difusos o colectivos de las NNyA, pudiendo interponer las acciones a que alude tanto la Constitución de la Provincia de Tucumán como el Código Procesal Constitucional.

● Supervisar instituciones públicas o privadas que se dediquen a la atención, contención y cuidado de los NNyA, debiendo denunciar cualquier irregularidad.

● Difundir a la sociedad a través de campañas educativas, y de los medios de comunicación, el ejercicio de los derechos de N.N y A y la situación y necesidades de la infancia.

● Recibir denuncias que formulen los NNyA o institución, con relación a menores, y darle tratamiento al tema.

● Proveer un espacio físico y virtual de NNyA en el organismo donde se generen ámbitos de diálogo para facilitar la palabra y la escucha.

● Garantizar el derecho de los NNyA a ser oídos, respecto de los temas de su interés y en las instancias donde se deciden políticas públicas destinadas a ellos.

● Implementar que las instituciones estatales abocadas a NNyA incorporen las observaciones y perspectivas específicas que los menores realicen.

● Impulsar la utilización de prácticas restaurativas.


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