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"Siempre tengo que privilegiar al que es más vulnerable"


Orlando Stoyanoff es juez de familia del Poder Judicial de Tucumán. Entre los expedientes que tramita, muchos tienen que ver con niños en situaciones de vulnerabildiad, y cada tanto debe tomar decisiones sobre procesos de adopción.


Conoce los mitos que circulan en torno a plazos y requisitos para formar una familia a través de esta institución y tiene claro que desde la reforma del Código civil y comercial y su puesta en vigencia en 2015, muchas pautas han cambiado, en cuanto a principios. Sin embargo, plantea dificultades proceales que requieren adecuación para garantizar los tan mentados derechos de niños, niñas y adolescentes que nuestra Constitución, la ley nacional 26061 y la provincial 8293 profesan.


La tensión entre la necesidad o deseo de una persona o pareja de adoptar un hijo, y el derecho de un niño o niña a tener una familia recorre la entrevista, pero el Dr. Stoyanoff sabe dónde está posicionado.


Desde la agencia ANITA presentamos este diálogo, que forma parte de una serie en la que también se incluyen Gustavo Gramajo, trabajador social del Registro Único de Aspirantes a la Adopción, Mirta Medina, directora del Hogar Eva Perón, y Julio Sal Paz y Fabián Vera del Barco, padres adoptivos.


¿Qué elementos toma en cuenta para definir dar en adopción a un niño o niña?


Antes de llegar a la adopción tengo que saber si ese niño o niños van a poder volver a su núcleo familiar de origen. Se hace un trabajo con la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia a través de los institutos donde estén los chicos, dependiendo de las edades, tratando de revertir la situación que haya motivado la intervención de la Dinayf o juzgado, defensoría de menores, quien sea...si se lo puede revertir con algún tipo de asistencia o apoyo psicológico.


Es el mandato de la ley 26.061 de Protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes; se busca que siempre se los mantenga dentro de un grupo familiar. Sólo cuando por alguna razón hemos establecido que no va a ser posible la reinserción, que va a fracasar, se dicta una resolución de desamparo que se traduce en el estado de adoptabilidad del niño. Una vez que eso pasa uno piensa en integrarlos a un proyecto familiar nuevo mediante un proceso de adopción.


¿Con qué familias aspirantes se encuentra?


En ese proceso de integrar ese niño a una familia que adopta tenemos dos realidades distintas: los padres que buscan, por un lado, un papá y mamá o mamá y mamá, o papá y papá que buscan ser padres adoptivos y tienen un ideal, buscan un bebé con toda a expectativa que puede tener cualquier persona la hora de concretar un proyecto de familiar.


Pero yo parto al revés, de un niño con su historia, posibilidades, idiosincracia e identidad. Tengo que buscar el mejor papá o mamá posible, tengo que tutelar el interés del más vulnerable que es el niño. Yo no busco cualquier papá. Por eso uno de los errores de los que aspiran a inscribirse es que piensan “estoy hace tanto tiempo en lista de espera”...


Los jueces no podemos atender un orden de prelación de tiempo del que se inscribió, porque lo que buscamos es el mejor papá para ese niño, que puede ser el que se inscribió hace dos años o dos meses; ese es el motivo por el cual son dos miradas, el papá que espera al que le dicen “usted está inscripto, ahora tiene que esperar, es como un embarazo, usted debe esperar”. Pero ese embarazo puede durar dos meses, dos años, medio año...esa expectativa va generando insatisfacción. Es un trabajo que hay que cubrir, pero yo tengo que atender al niño o los niños.


¿Cómo participan los niños y niñas en ese proceso?


La participación del niño en el proceso depende de las edades. Si tengo bebés la posibilidad de escucha, que no es solo escuchar hablar sino interactuar también, no tiene mucha cabida, pero si son chicos más grandes sí se genera un espacio de interacción; por eso las adopciones tienen una guarda pre adoptiva o incluso una previa a la pre adoptiva que busca evaluar cómo se da ese proceso de integración.


¿Cuáles son los pasos para generar un vínculo?


Supongamos que tengo un niño de 3 o 4 años en sala cuna; si sabemos que no va a volver a su casa, buscamos un matrimonio, o mamá o papá; lo que hacemos con los institutos es buscar un ámbito de conocimiento en ese lugar donde él vive, se conocen, se entrevistan, salen a pasear, hacen una visita más prolongada por el fin de semana, hasta que en la evaluación que hacen los equipos técnicos de los institutos se va generando el conocimiento mutuo y la confianza recíproca. Ahí damos el paso a la guarda. Después de la guarda hay un seguimiento que hacen trabajadores sociales del registro único de aspirantes a la adopción. Se evalúa que sea satisfactoria la integración a la familia. A veces también los equipos de los institutos que han sido quienes han conocido a los chicos y conviven con ellos acompañan el proceso.


¿Todos los chicos pasan por institutos?


Hay algunos -los menos- casos en que puede ocurrir que una mamá reconozca que no está en condiciones de criar a un hijo, o un hijo no deseado, ya desde la Maternidad Nuestra Señora de las Mercedes, el Hospital Avellaneda o el Hospital del Este. Pueden decir que una mamá hace una renuncia a la condición de mamá. Normalmente es un bebé, inmediatamente se lo trata de incorporar a un ámbito familiar. A veces nos acompañaban hogares de tránsito o iban muy breve tiempo en instituto. En caso de que los padres fallezcan en un accidente, por ejmplo, habrá que ver las edades pero debe haber acompañamiento del Estado para ver si hay familia nuclear que los pueda contener.


¿Es mito o realidad la existencia de la adopción ilegal?


Existen grupos que facilitan adopciones por fuera del Estado. Se han reducido. Se han mejorado los controles. En las maternidades hay protocolos para evitar esas entregas o guardas de hecho, pero aun así existen, porque se capta la voluntad de una mamá en situación de vulnerabilidad y viene una persona y dice “yo soy el papá”, lo inscribe, como si fuera su hijo, y no es su hijo. Tomamos conocimiento cuando viene la esposa de ese papá inscripto de hecho y ella dice “yo vengo a hacer la adopción de integración” de este nenito. El agravante es que hay una guarda de hecho, que está penada y además hay una sustitución de identidad que es un delito penal e imprescriptible. También hay casos en que hay ventas directamente, donde intervienen enfermeros, médicos o gestores oficiosos. Pero son menos los casos. Si sabemos de un caso así mandamos las actuaciones al fuero penal o el defensor promueve la acción penal. Es nuestra obligación como funcionarios públicos.


¿En qué aportó la modificación del código civil?


Si esto fuera hablar de cheques, un juicios de cobro ejecutivo, más tarde o más temprano se cobra; acá estamos hablando de problemas humanos; necesitas gente que quiera resolver el problema. La ley da respuestas jurídicas a problemas jurídicos, no da cuenta de problemas humanos, nosotros podemos dar pautas para que ese problema humano encuentre un cauce de ordenación. Que vuelva a un quicio la situación que se desquició.


La mayoría de las reformas del código civil nuevo apuntan a dar respuestas mas satisfactorias, más integrales. Históricamente el derecho de familia era un derecho más en la rama del derecho civil. El derecho de familia en estaba nueva legislación ha sido puesto en valor y no supuso un cambio sólo de leyes de fondo sino que nos obliga a modificar las leyes de forma, los códigos de procedimiento penal, que son las nomas para permitir que las partes puedan resolver en tribunales; ya llegar a tribunales es que el conflicto avanzó.


Por eso tenemos que dar pautas de resolución lo más claro posibles, pero a diferencia de otras ramas del derecho, no todas las partes están en pedido e igualdad. Si yo tengo dos personas grandes que tienen que dirimir una división de bienes, es una cuestión numérica, pero si tengo que dirimir un régimen comunicacional en favor de un niño para que tenga la mejor manera de integrarse con el papá o mamá no conviviente es más complejo.


A veces el niño no participa o si participa lo hace de modo residual en el proceso; pero yo no puedo desatenderlo, porque no tengo partes iguales, siempre tengo que privilegiar al que es más vulnerable.

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